Factura Electrónica Obligatoria para Empresas

El 31 de enero de 2014 fue publicada en el Diario Oficial, la ley que establece el uso obligatorio de la factura electrónica, junto a otros documentos tributarios como liquidación factura, notas de débito y crédito y factura de compra.
Los plazos para adoptar este cambio, dependen de los ingresos anuales por ventas y servicios de cada empresa y si su ubicación corresponde a una zona urbana o rural.
Las grandes empresas serán las primeras en incorporarse al sistema, y corresponden a aquellas con ingresos anuales por ventas y servicios en el último año calendario superiores a las 100.000 UF (2.340 millones de pesos aproximadamente). Este grupo está compuesto por alrededor de 7.500 contribuyentes a los que el SII envió un correo electrónico durante el mes de febrero de 2014, informándoles que es obligatorio el uso de factura electrónica a partir del 01 de noviembre de 2014. La siguiente tabla, muestra un resumen con las etapas de incorporación establecidas en la ley, según el tamaño de cada empresa:

Tamaño Ingresos anuales por ventas y servicios en el último año Ubicación Plazo Fecha
Grandes Mayor a UF 100.000 Todas 9 meses 01 de noviembre de 2014
Medianas y Pequeñas Mayor a UF 2.400 y Menor a UF 100.000 Urbana 18 meses 01 de agosto de 2015
Rural 24 meses 01 de febrero de 2016
Microempresas Menor a UF 2.400 Urbana 24 meses 01 de febrero de 2016
Rural 36 meses 01 de febrero de 2017

Como consecuencia de esta ley, al cabo de 36 meses de su publicación, todas las empresas facturarán en forma electrónica, lo que significará la incorporación a este medio digital de aproximadamente 500 mil contribuyentes.

La ley considera algunas excepciones a la obligación de emitir documentos electrónicos, por lo que el SII deberá autorizar el uso de documentos tributarios en papel, extraordinariamente en aquellos casos relacionados con los contribuyentes que desarrollen su actividad económica en un lugar sin cobertura de Internet, sin acceso al suministro eléctrico público o decretado zona de catástrofe. Adicionalmente, el SII podrá establecer otras situaciones de excepción.

Sisne Ltda. se ha preparado para la implementación de esta ley, desarrollando un Sistema de Facturación Electrónica para facilitar el cumplimiento tributario de los contribuyentes por medio del uso de la factura electrónica, con la mayor parte de las obligaciones tributarias automatizadas.